Amigos del trabajo de Blasco Mentor
Asociación regida por la ley del 1 de julio de 1901
Declaración a la Prefectura de Var
Publicación en el Diario Oficial de asociaciones número 0025 de 23 de junio de 2018
Número de registro nacional de asociaciones (RNA) W 832015615
Sede: Ayuntamiento de Solliès-Toucas, Place Clément Balestra, 83210 Solliès-Toucas
Reglamento interno
Adoptado por la junta general del 27 de abril de 2019
En este reglamento se especifican los estatutos de la asociación «Amigos del trabajo de Blasco Mentor«.
Se envía a todos los miembros y a cada nuevo miembro por vía electrónica, en su defecto en soporte físico.
Artículo 1- Sede de la asociación
La asociación tiene su sede en la siguiente dirección:
Ayuntamiento de Solliès-Toucas
Plaza Clemente Balestra
83210 Solliès-Toucas
Artículo 2- Contribuciones
El monto de las contribuciones lo fija la asamblea general de acuerdo con la naturaleza de los miembros de la siguiente tabla:
Personas fisicas
- Membresía individual: 20 euros
- Membresía pareja: 30 euros
- Benefactor o mecenas: gratis
Personas morales
- Pequeña empresa y asociación: 50 euros
- Empresa mediana: 100 euros
- Gran empresa: 150 euros
- Benefactor o mecenas: gratis
- Patrocinador: 150 euros
La contribución debe pagarse a más tardar el 30 de junio del año al que se aplica.
Cualquier contribución hecha a la asociación por sentada. No se puede exigir el reembolso de las cuotas de membresía en caso de renuncia, exclusión o muerte de un miembro durante el año.
Artículo 3 – Admisión de nuevos miembros
Las personas físicas completan la solicitud de membresía y adjuntan el pago de la cuota de membresía correspondiente a su situación. La membresía se valida por correo electrónico y el envío de estos reglamentos y estatutos.
Las entidades legales solicitan membresía al presidente. El consejo decide en cada una de sus reuniones sobre las solicitudes de admisión presentadas.
La cuota de membresía se paga a la asociación una vez que se notifica la decisión. Aquellos que deseen unirse deben completar un formulario de membresía.
Artículo 4 – Renuncia – Radiación – Muerte de un miembro
La renuncia deberá dirigirse al presidente del consejo mediante carta certificada. No tiene que estar motivado por el miembro renunciante.
Como se indica en el artículo 8 de los estatutos, la destitución de un miembro puede ser pronunciada por la junta, por motivos graves.
En particular, se considerarán motivos serios los siguientes:
– impago de la contribución;
– no participación en las actividades de la asociación;
– una condena penal por delito mayor y menor;
– cualquier acción que pueda dañar, directa o indirectamente, las actividades de la asociación o su reputación.
En todo caso, el interesado debe poder presentar su defensa, antes de la decisión de exclusión. La decisión de la huelga es adoptada por el consejo, actuando por mayoría de dos tercios de los miembros presentes.
En caso de fallecimiento de un socio, los herederos o legatarios no podrán reclamar manutención alguna en la asociación. La cotización pagada a la asociación se adquiere definitivamente, incluso en caso de renuncia, exclusión o fallecimiento de un socio durante el año. El miembro renunciante envía su decisión al presidente por carta.
Artículo 5 – Composición
De acuerdo con el artículo 13 de los estatutos, el consejo controla la gestión de la asociación y asegura la coherencia de las acciones realizadas.
Define la política general de la asociación y, en su caso, sus cargos públicos.
Artículo 6 – Operación
Los miembros de la junta presentes en la reunión podrán tener como máximo un poder escrito, fechado y firmado. Este poder solo es válido para una reunión.
Si el presidente no puede asistir, el consejo lo preside el vicepresidente o si este último tampoco puede asistir otro miembro del consejo elegido de común acuerdo entre los miembros presentes.
Cualquiera, sea o no miembro de la asociación, podrá ser admitido a las sesiones, que se considere oportuno para escuchar con el fin de informar las decisiones que se tomen a través de sus dictámenes.
Artículo 7- Consejo
7.1 – Reuniones
- El Consejo se reúne al menos 6 veces al año. Al final de cada reunión, los miembros presentes fijan colegialmente la fecha de la próxima reunión.
- Se elabora un informe al final de cada reunión y luego se envía a los miembros de la Junta por correo electrónico.
7.2- Misiones
El propósito del consejo es:
- ejecutar o haber ejecutado las decisiones tomadas por la Asamblea General
- preparar agendas de reuniones y educar a los sujetos que se le sometan.
- realizar el seguimiento de la gestión y cerrar las cuentas anuales, elaborar el presupuesto provisional.
- dictaminar sobre cualquier asunto planteado por el presidente o uno de sus miembros.
Artículo 8 – Indemnizaciones por reembolso de gastos
Solo los miembros electos de la Junta pueden reclamar el reembolso de los gastos incurridos en el contexto de sus misiones y previa justificación. Los importes máximos para el año 2019 que se pueden reembolsar se establecen de la siguiente manera:
- Asignación de millas por el uso de su automóvil personal (5CV y menos 0.25 Euros, 6 y 7 CV 0, 32 Euros, 8CV y más 0.35 Euros)
- Comida: 18,00 Euros
- Alojamiento con desayuno: 80 euros / día
- Transporte público de segunda clase (tren, metro, autobús) costos reales en los documentos justificativos.
Artículo 9 – Junta general
9.1- Reuniones, avisos
La Asamblea General Ordinaria incluye a todos los miembros de la asociación en cualquier cargo que sean. Se reúne todos los años al menos una vez a más tardar el 30 de junio. Los miembros de la asociación son convocados por el presidente enviando una carta (por correo electrónico) al menos 15 días antes de la fecha fijada. La convocatoria fija los puntos del orden del día.
Las decisiones se toman a mano alzada por mayoría de votos de los miembros presentes o representados. Todos los miembros de la asociación tienen un voto.
9.-2– Procedimientos aplicables a las votaciones
Votos de los miembros presentes
Los miembros presentes votan a mano alzada. Sin embargo, el consejo o el 20% de los miembros presentes puede solicitar una votación secreta.
Votos delegados
Si un miembro de la asociación no puede asistir a una reunión en persona, puede ser representado (ver artículo 6) por un apoderado estableciendo en su nombre un apoderado debidamente cumplimentado y firmado.
Artículo 10 – Modificación del reglamento interno
Los miembros del Consejo o el 10% de los miembros de la Asociación pueden presentar al Consejo una solicitud de modificación del reglamento interno.
Una vez que se aprueba el cambio, las nuevas reglas se envían electrónicamente a todos los miembros.
Artículo 11 – Responsabilidad civil
La asociación contrata un seguro de responsabilidad civil y protección legal para cubrir sus actividades definidas en el artículo 2 de los estatutos en beneficio de sus voluntarios.
Artículo 12 – Ejercicio financiero
El año financiero comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año.
Solliès-Toucas el 3 de abril de 2019
El presidente: Alain de Lespinois
La secretaria: Peggy legoff